Ryanair paga a un matrimonio 800 euros de compensación por un retraso de más de tres horas en su vuelo

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Tras la denuncia de FACUA, la asociación tuvo que acudir a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea ante la negativa de la aerolínea irlandesa de pagar a los afectados la cuantía que establece la normativa europea.

FACUA Castilla-La Mancha ha conseguido que Ryanair compense a un matrimonio con los 800 euros que marca la normativa europea tras la resistencia inicial de la aerolínea porque su vuelo llegó a destino con más de tres horas de retraso sobre la hora prevista.

Blasi y Rafael, un matrimonio de un pequeño municipio de Guadalajara, compraron unos billetes de avión para pasar unos días de vacaciones en Gran Canaria. El vuelo, en un principio, iba a partir a las 18:15 horas desde el aeropuerto de Barajas, aunque finalmente lo hizo más de tres horas de retraso, generando con ello evidentes perjuicios y molestias a los pasajeros.

Más allá de este retraso en el vuelo de ida, los días en las islas Canarias transcurrieron con normalidad. Una vez de vuelta en casa, Blasi, socia de FACUA Castilla-La Mancha desde hace casi una década, se dirigió a la asociación para informarse sobre sus derechos como consumidora y preguntar si tenía derecho a algún tipo de compensación por este retraso.

FACUA Castilla La Mancha presenta una reclamación a Ryanair

El equipo jurídico de FACUA Castilla-La Mancha estudió su caso y, tras recopilar toda la documentación necesaria, presentó una reclamación al Servicio de Atención al Cliente de Ryanair donde solicitaba una compensación de 800 euros (400 euros por cada pasajero) por haber partido el vuelo con más de tres horas de retraso.

El artículo 6 del Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos deja claro que el transportista aéreo deberá compensar a los afectados en caso de retrasos de "tres horas o más en el caso de todos los vuelos intracomunitarios de más de 1500 kilómetros". Además, el artículo 7 de este reglamento establece que la compensación será de "400 euros para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros".

En este sentido, siendo la distancia entre Madrid y Gran Canaria de 1.738 kilómetros, y haber sido el retraso en la salida del vuelo superior a tres horas, era evidente que este matrimonio tenía derecho a una compensación de 800 euros. La única comunicación de Ryanair fue el envío de un correo electrónico automático como acuse de recibo. Pasaron los meses y nunca llegó una respuesta de la aerolínea a la reclamación presentada por FACUA Castilla-La Mancha.

FACUA acude a la AESA

Fue entonces cuando la asociación dio un paso más y trasladó lo ocurrido a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). Este organismo admitió a trámite la reclamación y, aunque hubo que esperar varios meses más, la respuesta de la AESA fue favorable a los afectados. En su escrito, daba un mes de plazo a Ryanair para compensar con 800 euros a Blasi y Rafael (400 euros a cada uno).

Cabe recordar que el procedimiento de resolución alternativa de litigios de la AESA es un mecanismo que, al menos aparentemente, parece más rápido que un proceso judicial y que no sólo es gratuito para el consumidor, sino que además es vinculante única y exclusivamente para las aerolíneas.

De este modo, este matrimonio castellanoleonés por fin ha recibido la compensación que, como recoge de manera bien clara la normativa europea, tenían derecho a recibir por haber llegado a su destino con un retraso de más de tres horas sobre la hora prevista.