El Boletín Oficial del Estado publica hoy la Orden TMA/277/2020, de 23 de marzo, del Ministerio de Trasportes, Movilidad y Agenda Urbana por la que se declaran servicios esenciales a determinados alojamientos turísticos y se adoptan disposiciones complementarias.
El Gobierno declara como servicio esencial 56 alojamientos turísticos de Castilla-La Mancha para atender a trabajadores de sectores específicos
La
Orden recoge un listado de 56 alojamientos turísticos repartidos por Castilla-La
Mancha –de los 370 que hay distribuidos por todo el país- que se mantendrán
cerrados al público en general, pero deben permitir el alojamiento de aquellos
trabajadores que realicen labores de mantenimiento, asistencia sanitaria,
reparación y obras, suministro y transporte de servicios esenciales.
En concreto, los alojamientos de esta
comunidad autónoma se distribuyen en 3 en la provincia de Albacete, 16 en la
provincia de Ciudad Real, 1 en la provincia de Cuenca, 2 en la provincia de
Guadalajara y 34 en la provincia de Toledo (https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/25/pdfs/BOE-A-2020-4027.pdf).
Se
trata así de asegurar la prestación de los servicios esenciales de empresas y
proveedores necesarios para el abastecimiento de la población y del
mantenimiento de los propios servicios esenciales. Además, se pretende evitar
los efectos negativos sobre el empleo y la viabilidad empresarial derivados de
la suspensión de contratos públicos, y su impacto estructural negativo sobre
esta parte del tejido productivo.
Entre
los trabajadores cuyo alojamiento se posibilita se encuentra los de mantenimiento,
asistencia sanitaria, reparación y ejecución de obras de interés general,
abastecimiento de productos agrarios y pesqueros, y tripulaciones de los buques
pesqueros, así como servicios complementarios a las mismas, en el ámbito
sanitario, portuario, aeroportuario, viario y ferroviario, alimentario,
salvamento y seguridad marítimo.
También
los que se dediquen a la instalación, mantenimiento y reparación de redes de
telecomunicaciones y centros de procesos de datos, suministro de energía y
agua, suministro y servicios de transporte de mercancías o de viajeros ligados
a las actividades permitidas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, así
como de servicios esenciales, como las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado y los trabajadores que deben desarrollar las actividades incluidas en
los artículos 17 y 18 del citado Real Decreto.
Garantizar la prestación de servicios
Adicionalmente,
el ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana podrá ampliar, modificar,
revisar o actualizar el listado de alojamientos turísticos recogidos en el
anexo de la orden cuando sea necesario para garantizar la prestación de
servicios, de acuerdo a la petición realizada por el departamento ministerial
correspondiente.
Los
alojamientos turísticos declarados servicio esencial permitirán, además el
alojamiento de personas que deban desplazarse para atender a mayores, menores,
dependientes, personas con discapacidad, personas especialmente vulnerables o
con necesidades de atención sanitaria, entre otros supuestos, de conformidad
con las situaciones previstas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, así
como a todas aquellas personas que por causa de fuerza mayor o situación de
necesidad requieran asegurar alojamiento puntual con urgencia.
El
resto de alojamientos turísticos que no figuren en el anexo de esta Orden
podrán prestar alojamiento exclusivamente a los colectivos mencionados
anteriormente.
Los
alojamientos recogidos en esta Orden prestarán servicio de restauración y
cualquier otro que resulte necesario para la correcta prestación del servicio
de alojamiento, cuando así estén habilitados para ello, exclusivamente a las
personas que se encuentren alojadas en los mismos. Sin perjuicio de ello, se
podrá permitir el acceso a las instalaciones y servicios de aseo y restauración
a los transportistas profesionales de mercancías, aunque no se encuentren
alojados.
ANEXO
Establecimientos
(56) por provincias:
ALBACETE
(3):
Hostal restaurante Las Perdices
Hotel Universidad
Bodegas y viñedos El Castillo
(Villarrobledo).
CIUDAD REAL (16):
Hotel El Molino (Alcázar de San Juan)
Hotel Hidalgo Quijada (Alcázar de San
Juan)
Hotel Intur (Alcázar de San Juan)
Complejo hotelero Escuderos (Argamasilla
de Calatrava)
Hotel Restaurante Casa Pepe (Carrión
de Calatrava)
Casa Rural Las Melias
Hotel NH Ciudad Real
Hotel Parque Real; Hotel Cabañas
(Puertollano)
Hotel Núñez (Tomelloso)
Hotel Entreviñas (Valdepeñas)
Apartamentos Los Angeles (Alcázar de
San Juan)
Hostal Welcome2Alcazar (Alcázar de San
Juan)
Hotel Ínsula Barataria (Alcázar de San
Juan)
Hostal La Frasca* (Ciudad Real)
Hostal de Violeta (Tomelloso).
CUENCA (1):
Hotel NH Ciudad de Cuenca
GUADALAJARA (2):
Hotel Torcal (Cabanillas del Campo)
Hotel Iris Guadalajara.
TOLEDO (34):
Hotel Real (Illescas)
Hotel Los Cigarrales
Toledo Alojamientos Turísticos.
Puerta del Vado.
Vivienda Nuncio Viejo.
Apartamento: Calle Cadenas 2, 1.º D.
Apartamento: Calle Cadenas 2, 1.º A.
El Secreto del Ángel.
The Cave of Toledo.
El Aljibe de San Cipriano.
Apartamento El Patio de mi Casa: Plaza
Montalbanes 1, 2.º.
Apartamento El Patio de mi Casa: Plaza
Montalbanes 1, 2.º
Apartamento El Patio de mi Casa:
C/Sillería 5, 2A.
Apartamento El Patio de mi Casa:
C/Sillería 5, 2b.
Apartamento El Patio de mi
Casa:C/Sillería 5, 2c
Apartamento El Patio de mi Casa: C/Sillería
5, 3A.
Apartamento El Patio de mi Casa:
C/Sillería 5, 3B.
Cristo de la Luz.
Lovely Apartment Zocodover Wifi A/A 4
Pax.
613 de la Granada A: Calle Granada 9,
2.º A.
613 de la Granada B: Calle Granada 9,
2.º B.
613 de la Granada C: Calle Granada 9, 2.º
C.
Deluxe.
El Arcc.
El Monasterio.
El Refugio.
Apartamentos El Valle, Bajo: Plaza
Retama 1, Bajo
Apartamentos El Valle - Primero: Plaza
Retama 1, 1.º.
Ilarcuris
La Casa de El Greco.
La Leyenda de la Cava.
Pico Limón.
Tendillas.
Toletvm Real Suites.