El Gobierno declara como servicio esencial 56 alojamientos turísticos de Castilla-La Mancha para atender a trabajadores de sectores específicos

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El Boletín Oficial del Estado publica hoy la Orden TMA/277/2020, de 23 de marzo, del Ministerio de Trasportes, Movilidad y Agenda Urbana por la que se declaran servicios esenciales a determinados alojamientos turísticos y se adoptan disposiciones complementarias.

La Orden recoge un listado de 56 alojamientos turísticos repartidos por Castilla-La Mancha –de los 370 que hay distribuidos por todo el país- que se mantendrán cerrados al público en general, pero deben permitir el alojamiento de aquellos trabajadores que realicen labores de mantenimiento, asistencia sanitaria, reparación y obras, suministro y transporte de servicios esenciales.

En concreto, los alojamientos de esta comunidad autónoma se distribuyen en 3 en la provincia de Albacete, 16 en la provincia de Ciudad Real, 1 en la provincia de Cuenca, 2 en la provincia de Guadalajara y 34 en la provincia de Toledo (https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/25/pdfs/BOE-A-2020-4027.pdf).

 

Se trata así de asegurar la prestación de los servicios esenciales de empresas y proveedores necesarios para el abastecimiento de la población y del mantenimiento de los propios servicios esenciales. Además, se pretende evitar los efectos negativos sobre el empleo y la viabilidad empresarial derivados de la suspensión de contratos públicos, y su impacto estructural negativo sobre esta parte del tejido productivo.

Entre los trabajadores cuyo alojamiento se posibilita se encuentra los de mantenimiento, asistencia sanitaria, reparación y ejecución de obras de interés general, abastecimiento de productos agrarios y pesqueros, y tripulaciones de los buques pesqueros, así como servicios complementarios a las mismas, en el ámbito sanitario, portuario, aeroportuario, viario y ferroviario, alimentario, salvamento y seguridad marítimo.

También los que se dediquen a la instalación, mantenimiento y reparación de redes de telecomunicaciones y centros de procesos de datos, suministro de energía y agua, suministro y servicios de transporte de mercancías o de viajeros ligados a las actividades permitidas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, así como de servicios esenciales, como las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y los trabajadores que deben desarrollar las actividades incluidas en los artículos 17 y 18 del citado Real Decreto.


Garantizar la prestación de servicios

Adicionalmente, el ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana podrá ampliar, modificar, revisar o actualizar el listado de alojamientos turísticos recogidos en el anexo de la orden cuando sea necesario para garantizar la prestación de servicios, de acuerdo a la petición realizada por el departamento ministerial correspondiente.

Los alojamientos turísticos declarados servicio esencial permitirán, además el alojamiento de personas que deban desplazarse para atender a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad, personas especialmente vulnerables o con necesidades de atención sanitaria, entre otros supuestos, de conformidad con las situaciones previstas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, así como a todas aquellas personas que por causa de fuerza mayor o situación de necesidad requieran asegurar alojamiento puntual con urgencia.

El resto de alojamientos turísticos que no figuren en el anexo de esta Orden podrán prestar alojamiento exclusivamente a los colectivos mencionados anteriormente.

Los alojamientos recogidos en esta Orden prestarán servicio de restauración y cualquier otro que resulte necesario para la correcta prestación del servicio de alojamiento, cuando así estén habilitados para ello, exclusivamente a las personas que se encuentren alojadas en los mismos. Sin perjuicio de ello, se podrá permitir el acceso a las instalaciones y servicios de aseo y restauración a los transportistas profesionales de mercancías, aunque no se encuentren alojados.

 

 

ANEXO

Establecimientos (56) por provincias:

 

ALBACETE (3):

Hostal restaurante Las Perdices

Hotel Universidad

Bodegas y viñedos El Castillo (Villarrobledo).

 

CIUDAD REAL (16):

Hotel El Molino (Alcázar de San Juan)

Hotel Hidalgo Quijada (Alcázar de San Juan)

Hotel Intur (Alcázar de San Juan)

Complejo hotelero Escuderos (Argamasilla de Calatrava)

Hotel Restaurante Casa Pepe (Carrión de Calatrava)

Casa Rural Las Melias

Hotel NH Ciudad Real

Hotel Parque Real; Hotel Cabañas (Puertollano)

Hotel Núñez (Tomelloso)

Hotel Entreviñas (Valdepeñas)

Apartamentos Los Angeles (Alcázar de San Juan)

Hostal Welcome2Alcazar (Alcázar de San Juan)

Hotel Ínsula Barataria (Alcázar de San Juan)

Hostal La Frasca* (Ciudad Real)

Hostal de Violeta (Tomelloso).

 

CUENCA (1):

Hotel NH Ciudad de Cuenca

 

GUADALAJARA (2):

Hotel Torcal (Cabanillas del Campo)

Hotel Iris Guadalajara.

 

TOLEDO (34):

Hotel Real (Illescas)

Hotel Los Cigarrales

Toledo Alojamientos Turísticos.

Puerta del Vado.

Vivienda Nuncio Viejo.

Apartamento: Calle Cadenas 2, 1.º D.

Apartamento: Calle Cadenas 2, 1.º A.

El Secreto del Ángel.

The Cave of Toledo.

El Aljibe de San Cipriano.

Apartamento El Patio de mi Casa: Plaza Montalbanes 1, 2.º.

Apartamento El Patio de mi Casa: Plaza Montalbanes 1, 2.º

Apartamento El Patio de mi Casa: C/Sillería 5, 2A.

Apartamento El Patio de mi Casa: C/Sillería 5, 2b.

Apartamento El Patio de mi Casa:C/Sillería 5, 2c

Apartamento El Patio de mi Casa: C/Sillería 5, 3A.

Apartamento El Patio de mi Casa: C/Sillería 5, 3B.

Cristo de la Luz.

Lovely Apartment Zocodover Wifi A/A 4 Pax.

613 de la Granada A: Calle Granada 9, 2.º A.

613 de la Granada B: Calle Granada 9, 2.º B.

613 de la Granada C: Calle Granada 9, 2.º C.

Deluxe.

El Arcc.

El Monasterio.

El Refugio.

Apartamentos El Valle, Bajo: Plaza Retama 1, Bajo

Apartamentos El Valle - Primero: Plaza Retama 1, 1.º.

Ilarcuris

La Casa de El Greco.

La Leyenda de la Cava.

Pico Limón.

Tendillas.

Toletvm Real Suites.