La Consejería de Sanidad, a través de la Delegación Provincial de Sanidad en Ciudad Real, ha decretado medidas especiales nivel 1 en Alcázar de San Juan.
Sanidad decreta medidas especiales nivel 1 en la localidad de Alcázar de San Juan
Entre las semanas
epidemiológicas 39 (del 21 al 27 de septiembre de 2020) y 40 (del 28 de
septiembre al 4 de octubre de 2020) se han declarado en el
municipio de Alcázar de San Juan un total de 64 casos de COVID-19 lo que supone
una tasa de incidencia acumulada en los 14 días de 209,31 casos/100.000 habitantes.
Aunque la incidencia ha disminuido, las
tasas acumuladas en 14 días continúan por encima de 200 casos/100.000
habitantes, por lo que se recomienda mantener medidas complementarias a las
medidas generales aplicadas por la Consejería de Sanidad en todo el territorio
regional.
Así, se procede al cierre de hogares de
jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.
En bares, restaurantes y establecimientos de hostelería
similares, el aforo se reducirá al 50% del máximo que tuvieran establecido
previamente para consumo en el interior del local.
Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al
75% del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo
momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias
de seguridad y agrupación.
Suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día de
personas mayores y personas con discapacidad y de servicios de estancias
diurnas de personas mayores.
Suspensión de visitas sociales en residencias de mayores,
centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y
centros residenciales sociosanitarios. La entrada a estos centros de personas
ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario.
Las viviendas supervisadas y las viviendas para personas con
discapacidad quedan exceptuadas del cumplimiento de esta medida pero deberán
observarse todas las medidas preventivas generales (distanciamiento, uso de
mascarillas, uso de soluciones hidroalcohólicas, y resto de medidas de
prevención de posibles contagios).
No se permitirán salidas salvo razones de fuerza mayor en
residencias de mayores y viviendas de mayores. A su regreso deberán permanecer
en cuarentena durante el periodo que esté establecido en los protocolos en
vigor en ese momento. Sí se podrá permitir el abandono definitivo o traslado
temporal a domicilio familiar, siempre por un periodo superior al de vigencia
de las medidas especiales en el municipio (es decir, no podrá retornar al
centro mientras dichas medidas se encuentren en vigor), y previa realización de
pruebas diagnósticas según lo establecido en la regulación previa y
autorización de la autoridad sanitaria competente.
En otros centros residenciales sociosanitarios de personas
con discapacidad, menores, personas con TMG.., estarán permitidas las salidas
siempre que la persona no sea sospechosa o presente síntomas compatibles con
Covid-19 y que el centro se encuentre libre de COVID en ese momento. Los
responsables del centro deberán valorar la necesidad o conveniencia de que
estas salidas se realicen acompañados por un profesional del centro.
Los trabajadores que, tras un periodo vacacional o de
ausencia de su puesto de trabajo superior a una semana, se incorporen a
residencias sociosanitarias y viviendas tuteladas/supervisadas u otros dispositivos
residenciales sociosanitarios se les realizará como paso previo a su
incorporación una PCR para descartar la infección por COVID-1.
Todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50%
de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de
distanciamiento interpersonal.
Se procede a la restricción del número de
personas en velatorios y cortejos fúnebres (máximo 10), así como el número de personas en eventos sociales tales como bodas y
bautizos (máximo 25).
Suspensión de eventos deportivos con asistencia de público
promovidos por el Ayuntamiento, por asociaciones, peñas o por particulares. Se
podrá valorar su autorización en el caso de realizarse sin asistencia de
público.
Se establece un aforo máximo del 50% en cines,
teatros y auditorios, Bibliotecas, Museos y visitas a monumentos.
Los hoteles sólo podrán contratar el 75% de su capacidad. El
uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50%.
Se decreta el cierre de la Piscina Municipal y otras
instalaciones recreativas o deportivas abiertas al público, independientemente
de su titularidad pública o privada.
Se permiten espectáculos taurinos con un aforo
máximo del 50% del autorizado previamente
Se determina la suspensión de mercadillos y mercados
al aire libre.
En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se
extremarán las medidas higiénico-sanitarias, limitando el número de personas en
cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal
de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento. Se deberá realizar
higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento.
Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo
al 50%, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño
comercio.
Se recomienda a la ciudadanía la limitación de los
encuentros sociales fuera del grupo u convivencia estable y que los encuentros
sociales se limiten a un máximo de 10 personas incluyendo convivientes.